Nueva Ley de Teletrabajo

Se trata  de una ley pactada entre sindicatos y patronal y que mantiene los mismos derechos que la actividad presencial. 

Hasta ahora el Teletrabajo no estaba regulado por Ley si no que formaba parte de Estatuto de lo Trabadores, actualmente deja muchos criterios abiertos a la negociación colectiva.

Los derechos del trabajador a distancia

Es un acuerdo individual:

Es decir, es un acuerdo entre la empresa y los trabajador, que se firma de manera individual en los primeros tres meses del desarrollo de la actividad.

El trabajador no puede ser obligado:

Debe ser un acuerdo voluntario entre ambas partes, que debe formalizarse por escrito. Antes de 10 días, este acuerdo debe ser entregado a los representantes de los trabajadores y remitido a la oficina de empleo.

Compensación de gastos y servicios relacionados:

El trabajo a distancia obliga a la empresa a correr con los gastos de material.

Control del trabajo pero con derecho a la intimidad:

La empresa podrá controlar este aspecto. Sin embargo, el texto aprobado no establece cómo, sólo indica que la empresa podrá adoptar las medidas que considere “más oportunas de vigilancia y control”, pero siempre respetando la dignidad e intimidad del trabajador. Los dispositivos para el control, gestión y horario solo puede afectar a la jornada, nada más. El trabador tiene el derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo.

Acuerdo flexible y reversible para ambas partes.

En el acuerdo se pueden establecer tantas particularidades como se desee, pero esta condición se deben establecer durante la negociación y  se podrá modificar dentro de lo que marque el convenio colectivo o lo establecido en el acuerdo individual.

Funcionarios y trabajadores públicos:

La ley no será de aplicación al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, que se regirá por su normativa específica.

Igualdad de trato:

Aquellos que desarrollan su actividad desde casa tendrán los mismos derechos que los que trabajan de manera presencial, tanto en términos de formación, promoción, retribución y estabilidad en el empleo.

Teletrabajo extraordinario

En las empresas que lo apliquen de manera excepcional no será necesario volver a firmar el acuerdo pero sí estarán obligados a cubrir los gastos que suponga el desempeño del trabajo desde casa.