Autónomos y pequeños empresarios podrían quedar eximidos de abonar el IVA

El nuevo régimen de franquicia del IVA para autónomos y pymes en 2025 según la Directiva 2020/285, puede supones que Autónomos y pequeños empresarios con una facturación inferior a 85.000 € anuales podrían quedar eximidos de abonar el IVA trimestralmente y de tener que repercutir ni deducir las cuotas, limitándose a una única declaración que se realizaría a principios de año.

Todo apunta a que el nuevo régimen debería ser opcional, de tal forma que los sujetos pasivos quedarían eximidos de la obligación de presentar declaraciones de IVA y, por la tanto, de tener que repercutir ni deducir las cuotas.

Otros de los posibles efectos es que en la emisión de facturas dejaría de incluirse en los importes el tipo de IVA correspondiente (21, 10 o 4 %), limitándose las obligaciones informativas a una única declaración que se realizaría a principios de año y que debería recoger todos los ingresos, de forma que permita a la administración tributaria comprobar si el autónomo o la pyme cumplen los umbrales de facturación permitidos.

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